El fin de las Licencias Federativas para los Socorristas Profesionales.

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«Soy Socorrista por la Federación, se acerca el verano y estoy pensando en que ya tengo que pagar la renovación de la Licencia. Durante años he renovado mi licencia federativa anual, entre otras razones, porque en mi Diploma figura la frase: no es válido si no se acompaña de la Licencia federativa anual.»

La inmensa mayoría de los socorristas federativos siguen hoy todavía adquiriéndola todos los años, en gran parte motivados porque los inspectores sanitarios y los empleadores la solicitan como una justificación de «estar al día«.

Pero, ¿es obligatorio tener Licencia?.

Pues bien, la respuesta es: rotundamente NO.

Y es más, casi con toda probabilidad, la expedición de licencias federativas deportivas para Socorristas Profesionales no es legal.

Y esto no es un asunto nuevo. En 1997, apenas un año después de su creación, la Escuela Segoviana de Socorrismo presentó una queja ante el Procurador del Común de Castilla y León por actuaciones obstruccionistas de la Federación Autonómica FECLESS. Los fundamentos jurídicos de la respuesta del Procurador (informe Anual 1998, pag. 1466 y ss.) no dejaron lugar a dudas en cuanto a la validez de las titulaciones de Socorrismo no federativas y ya ponían en cuestión la licencia federativa por «el acceso al empleo de forma discriminatoria y carente de justificación, dado el carácter no oficial de las enseñanzas de Socorrismo y por ende de los documentos acreditativos de su superación«.
Desde entonces AETSAS,  ESS y muchas otras organizaciones, hemos explicado con pelos y señales que la formación en Socorrismo que imparten las Federaciones tiene exactamente la misma validez que las del resto, ni más ni menos.
Sin embargo, muchas Federaciones han seguido (y todavía siguen) aireando la «oficialidad y validez» de su formación frente al resto, imprimiendo en sus diplomas la famosa frase que citábamos anteriormente y expidiendo una Licencia deportiva para una actividad profesional que no tiene absolutamente nada de deporte.

Pues bien, todo esto que ya sabíamos pero que parecía que no había manera de aclarar, acaba de dar un drástico giro gracias a la perseverancia de Seguriocio, de Málaga, una empresa privada de socorrismo con dirigida por Jorge Fernández, Socorrista, formador y empresario con una dilatada trayectoria profesional y seriedad contrastada. Seguriocio denunció a la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo (FASS) por presunta publicidad engañosa, por la utilización irregular de logotipos de la Junta de Andalucía en sus cursos y por la expedición de licencias deportivas para una actividad profesional.

Las respuestas tanto de la administración andaluza, como del Defensor del Pueblo andaluz y del Consejo Superior de Deportes han sido demoledoramente clarificadoras.
Aquí puedes encontrar un resumen de los informes dónde puedes leer en detalle las diferentes actuaciones y los fundamentos jurídicos derivados de estas denuncias que, por fin, han aclarado y puesto en el sitio que les corresponde a las Federaciones en cuanto a la formación de Socorristas Profesionales y las polémicas licencias.

En resumen, las diferentes actuaciones vienen a concluir lo siguiente:
– La FASS ha utilizado de modo fraudulento o engañoso logotipos de la Junta de Andalucía en la publicidad de sus acciones de formación, que no estaban amparadas por la Administración y por ello está inmersa en un proceso sancionador.

– Las Federaciones NO PUEDEN EXPEDIR LICENCIAS para la actividad de Socorrista Profesional, (puesto que las licencias únicamente son para la actividad deportiva, no profesional)

– Las Federaciones NO PUEDEN CONVALIDAR U HOMOLOGAR certificados de otras entidades formativas (y aún menos para otorgar un certificado presuntamente de «mayor valor»). 

– La formación en Socorrismo impartida por las Federaciones, tiene exactamente la misma validez que la de cualquier otra entidad, siendo de carácter privado, no reglada y sin validez oficial.

– Por tanto, un diploma de Socorrista federativo no tiene ninguna ventaja, prerrogativa o mayor nivel o valor que cualquier otro.

-Además, la formación en Socorrismo impartida por las Federaciones no está amparada por las normativas que regulan la formación de técnicos deportivos, ni cumple sus requisitos.

– Los Socorristas Profesionales no son Técnicos Deportivos (y los Técnicos Deportivos no son Socorristas Profesionales, salvo que cumplan los requisitos de formación exigidos por las normativas que los regulan).

¿Cómo influirá todo esto en los Socorristas Federativos?.

Sinceramente, creemos que, aparte de que las Federaciones perderán miles de cuotas por expedición de Licencias (e irónicamente, quizá necesiten un «rescate»), tendrá muy pocas consecuencias para los Socorristas Profesionales.
Las Federaciones apenas si se han preocupado del Socorrismo Profesional más que como una fuente de ingresos y sólo algunas honrosas excepciones han estado involucradas en el desarrollo que el Socorrismo Profesional y sus técnicas han tenido en los últimos veinte años.
La mayor parte de los avances en Socorrismo se han generado a través de organizaciones no federativas que son quienes desde hace mucho abanderan los avances y sustentan la evidencia científica que hace progresar el Socorrismo Profesional.
Más bien parece que la mayoría de las Federaciones se han dedicado a obstaculizar y despreciar a todos los demás en lugar de potenciar el Socorrismo Deportivo como una vía para que los jóvenes accedan al Socorrismo Profesional con una base sólida de habilidades en el desempeño acuático, y eso a pesar de que diversos estudios concluyen que el Socorrismo Deportivo no tiene una transferencia directa con las habilidades que se necesitan en el plano profesional.

Así que si eres Socorrista federativo, piensa que el dinero que te costaría la licencia de este año puedes muy bien invertirlo en una actualización o formación complementaria en Socorrismo Profesional que sea seria, de calidad y te aporte valor añadido como Profesional del Socorrismo.

El Procurador del Común reclama una regulación para las Zonas de Baño Naturales de Castilla y León.

ProcComun

Hace unos días, el Procurador del Común emitió un extenso informe en el que analiza la situación de las Zonas de Baño Naturales en Castilla y León.

Teniendo en cuenta los accidentes graves e incluso mortales que se producen cada año en las zonas de baño situadas en los entornos naturales, el Procurador del Común de Castilla y León inició una actuación de oficio con el objetivo de conocer la situación sanitaria y de seguridad que ofrecen estos espacios. Para alcanzar un mayor control y ofrecer más garantías a los ciudadanos, esta institución recomienda a los municipios que regulen mediante ordenanzas el uso de aquellas zonas situadas en la naturaleza a las que acuden los bañistas.

Tal y como se recoge en el informe emitido por el Procurador, los ayuntamientos o las entidades locales menores también deberían solicitar la inclusión de ese lugar en el censo oficial de zonas de baño de Castilla y León, garantizando de esta manera su control sanitario.

Para la temporada de 2013, que dará comienzo el 15 de junio, este censo incluye un total de 28 zonas naturales entre las que se encuentran playas fluviales, embalses, lagos, gargantas, ríos o arroyos. De ellas, siete se encuentran en Ávila; dos en Burgos; cinco en León; dos en Palencia; una en Salamanca; otra en Segovia; cuatro en Soria; una en Valladolid y cinco en Zamora.

Un listado que, sin embargo, resulta incompleto, ya que desde esta institución afirman que “en Castilla y León existen numerosas zonas de baño” que cuentan con una “relativa afluencia” y que no forman parte del registro oficial porque las administraciones locales no lo han solicitado. Por ello, advierten de que en sus aguas “no se realizan ninguno de los controles sanitarios mínimos que garanticen su inocuidad”.

Además, el informe señala que “en alguna de estas zonas se han producido accidentes graves e incluso mortales”, pese a que éstos también suceden en los espacios controlados, donde en 2012 “se produjeron dos fallecimientos” de los seis que hubo en la Comunidad por estas circunstancias.

Teniendo en cuenta estos datos, el Procurador del Común insiste en que es consciente de que “la protección de la salud y la seguridad de las personas que acuden a las zonas de baño naturales no se agota con la garantía sanitaria de sus aguas”, sino que “existen otros factores que inciden en la seguridad”. Por ello, el informe emitido reúne también una serie de recomendaciones que “cualquier administración local” puede seguir con el objetivo de “evitar, en lo posible, la existencia de accidentes con resultado de lesiones graves o pérdida de vidas humanas”. Estos consejos complementan un listado dirigido a ofrecer a los bañistas las mejores condiciones dentro de este espacio natural.

Recomendaciones

Se pide, por ejemplo, que se dote a las instalaciones públicas de equipamientos sanitarios que ayuden a mantener unas condiciones higiénicas adecuadas; que se ofrezca un servicio de limpieza y que se facilite información a los usuarios sobre las condiciones del agua de baño y sobre la presencia de otros peligros como profundidades variables o remolinos.

Además, el informe recomienda que “se balice y delimite la zona de baño en el caso de resultar necesario” y que se proporcione “un adecuado nivel de seguridad a los usuarios de estas instalaciones”, realizando comprobaciones del espacio de baño con carácter previo al inicio de la temporada y, en todo caso, “siempre que resulte necesario”. Otro de los consejos es que se dote a estos lugares “del correspondiente servicio público de salvamento y socorrismo” y que cuenten con “medios materiales y personal profesional debidamente cualificado”.

El Procurador del Común confía en que estas reflexiones contribuyan, por un lado, “a la toma de conciencia de los peligros potenciales de estas infraestructuras, tanto por parte de los usuarios como de las administraciones locales, en salvaguarda del derecho a la vida y a la integridad física”. Además, espera que su difusión sirva para que se conozcan y se apliquen “buenas prácticas” que favorezcan la “adecuada puesta en valor” de estos lugares y fomenten “el ejercicio más seguro de otros derechos de los ciudadanos, como el derecho a la salud, al disfrute del ocio y del tiempo libre, a la práctica del deporte o de la actividad física o el derecho a un medio ambiente adecuado, entre otros”.

Seminario «Natación en la edad infantil». Cuéllar 1-2/Julio

CONTENIDOS

– Primera infancia, su desarrollo motor en relación al Medio

Acuático.

– El Entorno físico en las Actividades Acuáticas en los bebés.

– Medidas preventivas: Aspectos higiénico-sanitarios

– Aplicación de la natación educativa en la edad escolar. Propuesta

metodológica. Intervención didáctica.

– Recursos psicopedagógicos de aplicación en la edad infantil.

– Adaptación del diseño curricular educativo a la natación.

– Transferencias del medio terrestre al medio acuático.

– La natación como elemento de la enseñanza integrada.

– CLASES PRÁCTICAS.

HORARIOS

Sábado, 1: 9.00 – 14.00

16.00 – 21.00

Domingo, 2: 9.30 – 14.00

CONVOCA Y ORGANIZA: ESCUELA NACIONAL DE ENTRENADORES

REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE NATACION

DIRIGIDO A: MONITORES Y PROFESORES DE NATACION

LICENCIADOS O GRADUADOS EN CAFYD.

MAESTROS ESPECIALISTAS EN EDUCACION FISICA

PROFESORES DE INFANTIL Y TECNICOS EN A.F.D.

DIPLOMA ACREDITATIVO DE LA E.N.E.-R.F.E.N.

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION

PREINSCRIPCION: Se debe de realizar en la plataforma electrónica de la

RFEN http://natacion.coe.info

Má informacion en : http://natacion.coe.info/Ver_Curso.aspx?curso=2010.00026.06

Hontalbilla

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Propiedad de: Ayuntamiento de Hontalbilla

Dirección: Ctra. Cuéllar – Cantalejo, sn

Localidad: Hontalbilla

Teléfonos: 921148118

Correo Electrónico: info@hontalbilla.es

Titularidad: Pública

Tipo de Gestión:

Año apertura:

Vaso principal: SI

Vaso Infantil o de Chapoteo:

Sombra:

Bar/Restaurante:

Otros equipamientos:

Observaciones

Enlaces: http://www.hontalbilla.es/index.html

Enlace a Google Maps: http://goo.gl/maps/b6vZb

Fuentesaúco de Fuentidueña

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Propiedad de: Ayuntamiento de Fuentesaúco de Fuentidueña

Dirección: Valdecarros, sn

Localidad: Fuentesaúco de Fuentidueña

Teléfonos: 921169547

Correo Electrónico:

Titularidad: Pública

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Vaso principal:

Vaso Infantil o de Chapoteo:

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Bar/Restaurante:

Otros equipamientos:

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Fuenterrebollo

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Localidad: Fuenterrebollo

Teléfonos: 921520913 –

Correo Electrónico:

Titularidad: Pública

Tipo de Gestión:

Año apertura:

Vaso principal: SI

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